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Decreto Supremo N°5516

El día de ayer 12 de enero de 2026, entro en vigencia el Decreto Supremo N°5516, el cual, dentro de sus disposiciones, resuelve abrogar el Decreto Supremo N° 5503 de 17 de noviembre de 2025.

Como resultado, queda sin efecto los incentivos tributarios que fueron dispuestos por el abrogado decreto, disponiéndose únicamente la modificación de la alícuota del gravamen arancelario.

En ese sentido, la única incidencia tributaria se halla contenida en el artículo 25, que refiere una la modificación del Gravamen Arancelario, conforme lo siguiente:

A partir de la entrada en vigencia del DS N°5516 se modifica a 0% la alícuota del Gravamen Arancelario, para la importación de maquinaria, equipos y unidades funcionales.

  1. Sectores Beneficiados:
  • La industria alimenticia y Agroalimenticia
  • Sector Textil
  • Metalúrgica
  • Neumáticos
  • Aceites lubricantes
  • Baterías
  • Repuestos de vehículos para automóviles identificados en los 3 y 4 del DS.

Vigencia Temporal: Este beneficio de arancel cero estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Alerta Legal de:

Laura Rivas – Asociada equipo tributario