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IGF: Nuevos plazos claves

El Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), creado por la Ley Nº 1357 y reglamentado por el Decreto Supremo Nº 4436, establece la obligación de declaración y pago anual sobre la fortuna de personas naturales, cuyo hecho generador se perfecciona al 31 de diciembre de cada gestión.
Originalmente, los plazos eran:
Residentes: hasta el último día hábil de marzo
No residentes: hasta el último día hábil de abril
Justificación de la prórroga
- Debido a la complejidad en la determinación de la base imponible, la necesidad de facilitar el cumplimiento voluntario, la prevención de errores u omisiones en la declaración y solicitudes de los propios contribuyentes.
- No se modifica el impuesto ni sus elementos esenciales, solo el plazo de cumplimiento.
- La prórroga no exime de sanciones en caso de incumplimiento posterior.
Prórroga establecida
La Administración Tributaria ha dispuesto la ampliación de plazos para la gestión 2025, de la siguiente manera:
Sujetos residentes en Bolivia
Nuevo plazo: hasta el 30 de abril de 2026
Formulario: 022
Obligación: Declaración jurada y pago del IGF
Sujetos no residentes
Nuevo plazo: hasta el 29 de mayo de 2026
Formulario: 023
Obligación: Declaración jurada y pago del IGF
Recomendaciones:
- Revisar la valuación de activos (inmuebles, participaciones, activos financieros).
- Analizar estructuras patrimoniales (especialmente en grupos familiares o holdings).
- Mitigar contingencias por subdeclaración o errores en la base imponible.
Alerta legal de:
Claudia Maturana – Asociada Senior del equipo tributario


