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IGF: Nuevos plazos claves

El Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), creado por la Ley Nº 1357 y reglamentado por el Decreto Supremo Nº 4436, establece la obligación de declaración y pago anual sobre la fortuna de personas naturales, cuyo hecho generador se perfecciona al 31 de diciembre de cada gestión.

Originalmente, los plazos eran:

Residentes: hasta el último día hábil de marzo

No residentes: hasta el último día hábil de abril

Justificación de la prórroga

  • Debido a la complejidad en la determinación de la base imponible, la necesidad de facilitar el cumplimiento voluntario, la prevención de errores u omisiones en la declaración y solicitudes de los propios contribuyentes.
  • No se modifica el impuesto ni sus elementos esenciales, solo el plazo de cumplimiento.
  • La prórroga no exime de sanciones en caso de incumplimiento posterior.

Prórroga establecida

La Administración Tributaria ha dispuesto la ampliación de plazos para la gestión 2025, de la siguiente manera:

Sujetos residentes en Bolivia

Nuevo plazo: hasta el 30 de abril de 2026

Formulario: 022

Obligación: Declaración jurada y pago del IGF

Sujetos no residentes

Nuevo plazo: hasta el 29 de mayo de 2026

Formulario: 023

Obligación: Declaración jurada y pago del IGF

Recomendaciones:

  • Revisar la valuación de activos (inmuebles, participaciones, activos financieros).
  • Analizar estructuras patrimoniales (especialmente en grupos familiares o holdings).
  • Mitigar contingencias por subdeclaración o errores en la base imponible.

Alerta legal de:

Claudia Maturana – Asociada Senior del equipo tributario