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Aumento Salarial Obligatorio: Cómo Cumplir Con Las Nuevas Regulaciones Laborales

Dando cumplimiento a lo determinado por el Decreto Supremo No. 4928 de fecha 1° de mayo de 2023, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social el día 18 de mayo de 2023 emitió la Resolución Ministerial No. 752/23, la misma que tiene por objeto el de reglamentar la aplicación del incremento salarial y el salario mínimo nacional determinado por el Gobierno nacional para la presente gestión 2023.

 

A continuación, detallo los aspectos clave a considerar de la norma:

 

    • Se establece un incremento salarial mínimo del tres por ciento (3%) sobre el salario básico para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado; es decir, se aplica a todo trabajador con relación laboral en condiciones de subordinación y dependencia, trabajo por cuenta ajena, que perciba remuneración en cualquiera de sus modalidades y bajo cualquier modalidad de contratación laboral.
    • Las empresas tienen la facultad de acordar con sus trabajadores porcentajes superiores de incremento salarial, siempre y cuando no sean inferiores al tres por ciento (3%) establecido en el Decreto Supremo No. 4928.
    • El incremento salarial debe aplicarse sobre el salario básico percibido durante la gestión actual.
    • El salario básico no puede ser inferior al salario mínimo nacional de Bs. 2.362.-.
    • Si el incremento del 3% no alcanza el salario mínimo nacional, este debe nivelarse hasta dicho monto.
    • Si el incremento del 3% supera el salario mínimo nacional, se respeta el porcentaje acordado.
    • Los incrementos salariales anteriores inferiores al 3% deben nivelarse según este porcentaje. Los incrementos superiores al 3% acordados en la presente gestión se mantienen.
    • No es obligatoria la aplicación del incremento salarial para el personal de la empresa o establecimiento laboral del sector privado que ocupen cargos directivos y ejecutivos, tales como: presidentes, vicepresidentes, miembros de directorios, gerentes, subgerentes, directores generales, directores o subdirectores que ya reciben una remuneración acorde a su posición.

 

  • El incremento salarial debe ser acordado y formalizado mediante un convenio colectivo entre el empleador y los representantes de los trabajadores. En caso de incumplimiento de los requisitos sindicales, el convenio deberá ser respaldado por la mayoría de los trabajadores.
  • El pago retroactivo del incremento salarial y la aplicación del salario mínimo nacional deberán realizarse hasta antes del 31 de mayo. Los empleadores se encuentran en la obligación de suscribir los convenios colectivos dentro de este plazo.
  • Se establece que el incumplimiento o retraso en el pago retroactivo del incremento salarial se encuentra sujeto a sanciones, según lo establecido en la Resolución Ministerial No. 212/18.
  1. Salario Mínimo Nacional:
    • Se establece un salario mínimo nacional de Bs 2.362.- (Dos Mil Trescientos Sesenta y Dos 00/100 Bolivianos) para la gestión actual.
    • Este salario mínimo representa un incremento del cinco por ciento (5%) en comparación con el establecido para la gestión 2022.
    • Ningún trabajador sujeto a una relación laboral a tiempo completo de subordinación y dependencia ya sea por contrato individual de trabajo u otra forma de empleo, podrá recibir un salario básico inferior al salario mínimo nacional.

 

En este contexto, será crucial que todo empleador suscriba un convenio colectivo con sus trabajadores y cumpla con el pago retroactivo hasta el 31 de mayo. La norma también prevé sanciones por el incumplimiento o retraso en la presentación de las planillas retroactivas del incremento salarial a la Oficina Virtual de Trámites (OVT) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

 

Será importante ahora que todo empleador implemente mecanismos de supervisión y seguimiento efectivos internos para asegurar que el incremento salarial obligatorio se cumpla correctamente y se eviten sanciones posteriores.

 

Si bien el incremento salarial obligatorio para la presente gestión 2023 busca generar un impacto positivo en la economía en general al aumentar el poder adquisitivo de los trabajadores, es esencial considerar las implicaciones para las empresas y la estabilidad económica, pues dicho incremento obligatorio podría afectar la competitividad de algunas empresas, especialmente las pequeñas y medianas, lo que puede resultar en desafíos como reestructuraciones laborales o reducción de inversiones.