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Guía para la implementación de salas que faciliten la lactancia materna en lugares de trabajo y estudio

En días pasado el Ministerio de Salud y Deportes anunció la presentación de la “Guía para la implementación de salas amigas de la lactancia materna en lugares de trabajo y de estudio”, guía que tiene por objeto generar espacios, con la comodidad necesaria, para que las madres puedan ejercer su derecho a la lactancia tanto en instituciones públicas como privadas, fomentando así la seguridad alimentaria nutricional de los menores lactantes.

La etapa de la primera infancia es fundamental para el desarrollo humano. Este período es reforzado por la Ley No. 3460 del 15 de agosto de 2006, que promueve la lactancia materna y regula la comercialización de sus alternativas, y por el Decreto Supremo No. 0115 del 6 de mayo de 2006. De manera específica, el artículo 15 del Decreto Supremo No. 0115 exige que instituciones tanto públicas como privadas permitan a madres lactantes llevar a sus bebés a sus lugares de trabajo y estudios. Esto tiene el objetivo de facilitar la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida del infante. En casos donde no sea posible llevar a los niños a estos lugares, se debe proporcionar a las madres un descanso diario de al menos una hora. Además, se establece que estas instituciones deben adaptar espacios adecuados para que las madres con niños lactantes menores de seis meses puedan amamantar en condiciones óptimas, entre otras responsabilidades relacionadas.

A la fecha, la guía no ha sido publicada. Sin embargo, recordamos la vigencia de las normas legales antes citadas y lo dispuesto en el art. 62 de la Ley General del Trabajo, que establece la obligatoriedad de mantener salas cunas independientes del local de trabajo en todas las empresas que cuenten con más de 50 obreras, concordante con los artículos 56 y 57 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.

 

JUAN PABLO ZEGADA ARTEAGA

Asociado Senior – Moreno Baldivieso