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Incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital

Con el objeto de establecer incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital, plantas industriales y vehículos de carga de alta capacidad en volumen y tonelaje destinados a los sectores agropecuario e industrial, y maquinaria pesada para el sector de la construcción y minería, mediante Ley Nº 1391 del 31 de agosto de 2021 y el Decreto Supremo 4579 del 01 de septiembre de 2021, el gobierno boliviano estableció la autorización para importar bienes de capital con exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y tasa cero del IVA para la comercialización de estos bienes en el mercado interno.

 

Mediante esta Ley se reduce a 0% la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de bienes de capital, plantas industriales, maquinaria y equipos destinados al sector  agropecuario, industrial, de construcción y minería, estableciendo el régimen de Tasa Cero para la comercialización de bienes de capital, maquinaria y equipo en el mercado interno.

 

Para acceder a este beneficio, los bienes de capital importados o comercializados en el mercado interno por el sector privado no deberán exceder los 10 años de antigüedad. Las entidades públicas también podrán beneficiarse de estos incentivos tributarios, siempre y cuando los bienes de capital, maquinaria y equipo, sean nuevos.

 

Los incentivos de la exención y tasa cero del IVA tendrán vigencia hasta el 8 de septiembre de 2022.

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