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Las particularidades del negocio agropecuario y las fiscalizaciones del SIN

Las particularidades del negocio agropecuario y las fiscalizaciones del SIN

Cada sector de la economía cuenta con características que influyen en la forma en la que se aplica la normativa tributaria; inclusive, existen particularidades dentro de cada rubro, ya que no es igual hablar de banca comercial tradicional que de microfinanzas, de proyectos inmobiliarios que de construcción de obras civiles o de ganadería bovina y avícola.

El sector agropecuario tiene particularidades que muchas veces no son comprendidas por la Administración Tributaria en las fiscalizaciones, generando observaciones que resultan incongruentes con la realidad.

Por ejemplo, las campañas agrícolas están condicionadas por factores climáticos que inciden en la humedad, impurezas y calidad del grano durante su procesamiento. Sin embargo, vimos casos en los cuales el Servicios de Impuestos Nacionales (SIN) desconoció esta realidad y, apoyándose en normas técnicas de calidad IBNORCA, que establecen criterios de referencia para la recepción de materia prima; elaboró balances de masa basados en rendimientos estándar, asumiendo condiciones uniformes de producción y transformación. Posteriormente, se convirtieron en una presunción automática de ventas omitidas.

Esta situación desconoce que, en una actividad aleatoria como la agroindustrial, los rendimientos efectivos pueden diferir de esos parámetros de referencia, siendo lo adecuado considerar la información y evidencia real de cada operación (calidad de la materia prima, condiciones de la campaña, mermas, inventarios, etc.).

Otro ejemplo importante surge de las observaciones que se presentaban en los procesos de verificación para la emisión de Certificados de Devolución Impositiva (CEDEIM). Estas se sustentaban en supuestas irregularidades del proveedor, como su domicilio, su capacidad operativa o su comportamiento tributario. Se cuestionaban aspectos tales como las firmas en los tickets de balanza y los registros de las placas de los medios de transporte, ninguno atribuible al exportador y muy propios de un sector con proveedores informales.

Existen también observaciones al pago a los proveedores, desconociendo las prácticas usuales de financiamiento de la producción. Por ejemplo, los gastos legales para la constitución de garantías reales sobre los adelantos eran típicamente gestionados por el productor y compensados contra el precio del producto entregado, situación desestimada por el SIN, exigiendo pagos directamente por el exportador.

Sin embargo, es alentador observar que las instancias de impugnación en los últimos precedentes, en casos de compra de granos, han optado por dar más relevancia al conjunto de documentos que acreditan la recepción, pago e incorporación de la materia prima, aun cuando determinados documentos no presenten las formalidades pretendidas por la Administración Tributaria. Más aún, se ha visto un reciente giro en la operativa del propio SIN, procurando una devolución más expedita y con menos observaciones.

Actualmente, el gobierno ha implementado incentivos tributarios relacionados a la importación de determinados insumos, semillas, equipos, bienes de capital y otros bienes, además de la depreciación acelerada voluntaria de los activos fijos adquiridos durante 2026, los cuales fueron bien recibidos por el sector. No obstante, creemos que el desafío de impulsar la actividad agropecuaria no solo pasa por beneficios, sino por garantizar la compresión adecuada del sector y evitar las observaciones emergentes del desconocimiento de las particularidades del negocio.

Entre tanto, el desafío que asumen las empresas agropecuarias radica en aprovechar los incentivos y, simultáneamente, preparar evidencia para demostrar la realidad económica de cada operación, a fin de evitar observaciones incongruentes con las prácticas y condiciones usuales del rubro.


 

Las noticias del sector:

Beneficios para la importación y venta en mercado interno

El Decreto Supremo N˚  5709 estableció la exención del Gravamen Arancelario y el Impuesto al Valor Agregado para la importación y posterior comercialización de insumos, semillas, drones y accesorios, genética, herramienta, equipos, bienes de capital y plantas industriales destinados al sector agropecuario.

A la fecha, estamos a la espera de la reglamentación del SIN para hacer operativa la venta a tasa cero de estos bienes en mercado interno.

Actualización de la alícuota del RAU

Mediante RND 1026000036 se actualizó la cuota fija por hectárea del Régimen Agropecuario Unificado (RAU). Este incremento representa aproximadamente un 15,78% de la cuota.

Censo agropecuario

El Instituto Nacional de Estadística ha puesto en marcha el Censo Agropecuario 2026, un operativo que recorrerá los nueve departamentos de Bolivia para actualizar, después de 13 años, la información sobre la realidad productiva del país.

La CAO y ANAPO consideran que los datos ayudarán a impulsar medidas para garantizar la provisión de diésel al sector, la eliminación de los cupos y restricciones de venta externa y uso de biotecnología.

Luis Valda – Director Asociado

Claudia Maturana – Asociada Senior

El contenido de este artículo refleja el análisis y criterio de su autor.