MODIFICACIONES A LA LEY NRO. 2492 – CTB E INCORPORACIONES A LA LEY NRO. 843

Rodrigo Burgos – Director Asociado 

Moisés Blanco – Asociado Senior

 

Mediante Decreto Supremo N° 4770 y Resolución Normativa de Directorio N° 102200000015 fue reglamentada la Ley Nro. 1448 que modificó la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano.

 

Estas dos nuevas normas disponen en resumen lo siguiente:

 

  • Con relación a las modificaciones al Decreto Supremo N° 27310 RCTB, se establece que el arrepentimiento eficaz del contribuyente está vigente hasta el vigésimo día de notificada la vista de cargo o auto inicial de sumario contravencional.
  • En la DDJJ con errores aritméticos que ocasionen diferencias a favor del fisco, la contravención por omisión de pago se establecerá por la diferencia.
  • En la RND establece procedimientos para la continuidad de las facilidades de pago establecida en la Ley N° 1448, destacando que los contribuyentes con este instituto jurídico, tienen hasta el 31 de octubre de 2022, para el pago de la cuota referencial y de esta forma dar continuidad a sus facilidades de pago.
  • Así también, en las facilidades de pago incumplidas con garantía a primer requerimiento sin ejecutar, los contribuyentes deben renovar la misma.

 

Aún queda pendiente la reglamentación de las incorporaciones de los incisos g) y h) en el  RC-IVA.

 

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