Los precios en el mercado interno, medidos por el Índice de Precios al Consumidor (inflación),…
MODIFICACIONES A LA LEY NRO. 2492 – CTB E INCORPORACIONES A LA LEY NRO. 843

Rodrigo Burgos – Director Asociado
Moisés Blanco – Asociado Senior
Mediante Decreto Supremo N° 4770 y Resolución Normativa de Directorio N° 102200000015 fue reglamentada la Ley Nro. 1448 que modificó la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano.
Estas dos nuevas normas disponen en resumen lo siguiente:
- Con relación a las modificaciones al Decreto Supremo N° 27310 RCTB, se establece que el arrepentimiento eficaz del contribuyente está vigente hasta el vigésimo día de notificada la vista de cargo o auto inicial de sumario contravencional.
- En la DDJJ con errores aritméticos que ocasionen diferencias a favor del fisco, la contravención por omisión de pago se establecerá por la diferencia.
- En la RND establece procedimientos para la continuidad de las facilidades de pago establecida en la Ley N° 1448, destacando que los contribuyentes con este instituto jurídico, tienen hasta el 31 de octubre de 2022, para el pago de la cuota referencial y de esta forma dar continuidad a sus facilidades de pago.
- Así también, en las facilidades de pago incumplidas con garantía a primer requerimiento sin ejecutar, los contribuyentes deben renovar la misma.
Aún queda pendiente la reglamentación de las incorporaciones de los incisos g) y h) en el RC-IVA.